Formación
Ética y Ciudadana
4º AÑO ( CS NATURALES)
ACTIVDIAD 5/ SEMANA 5
Derechos
Humanos
Hoy vamos a aprender que la concepción
de lo que hoy conocemos como derechos humanos se originó en Europa en los XVII
y XVIII, cuando comenzó a considerarse que las personas eran titulares de
derechos. Tras la Segunda Guerra Mundial, en la Declaración Universal de los
Derechos Humanos (1948) quedó plasmado el concepto “derechos humanos” para
designar al conjunto de derechos que nos corresponden a todas las personas sin
distinción de ningún tipo.
Leer el texto que se adjunta, y
completar las consignas:
1)
Subraya las ideas principales.
2)
Realiza un esquema.
3) Arma un PowerPoint con la idea
principal. Si no puedes hacer el power con la compu o el celular realiza la
imágenes en tu carpeta y envía fotos de
las mismas.
En el año 1945, al finalizar la Segunda
Guerra Mundial, representantes de 50 países se reunieron en la ciudad de San
Francisco, en los Estados Unidos, y firmaron la Carta de las Naciones Unidas,
que dio origen a la Organización de las Naciones Unidas. En esta Carta, las
Naciones Unidas definen sus objetivos:
Preservar a las generaciones venideras
del flagelo de la guerra,reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre,promover
el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio
de libertad.
Una de las primeras acciones de la
Organización de las Naciones Unidas fue crear una comisión para la redacción de
una declaración de los derechos fundamentales. Concluido el trabajo de esa
comisión, el 10 de diciembre de 1948 se sancionó la Declaración Universal de
los Derechos Humanos.
La
Declaración Universal de Derechos Humanos: Fundamento de las normas
internacionales de derechos humanos
La Declaración Universal de Derechos
Humanos (DUDH) es considerada generalmente el fundamento de las normas
internacionales sobre derechos humanos. Aprobada hace casi 60 años, la DUDH ha
inspirado un valioso conjunto de tratados internacionales de derechos humanos
legalmente vinculantes y la promoción de estos derechos en todo el mundo a lo
largo de las últimas seis décadas. Además, sigue siendo una fuente de
inspiración para cada uno de nosotros, ya sea en momentos de conflicto, en
sociedades que sufren represión, en la lucha contra las injusticias, y en
nuestros esfuerzos por lograr el disfrute universal de los derechos humanos.
La Declaración supone el primer
reconocimiento universal de que los derechos básicos y las libertades
fundamentales son inherentes a todos los seres humanos, inalienables y
aplicables en igual medida a todas las personas, y que todos y cada uno de
nosotros hemos nacido libres y con igualdad de dignidad y de derechos.
Independientemente de nuestra nacionalidad, lugar de residencia, género, origen
nacional o étnico, color de piel, religión, idioma o cualquier otra condición,
el 10 de diciembre de 1948 la comunidad internacional se comprometió a defender
la dignidad y la justicia para todos los seres humanos.
Fundamento
de nuestro futuro común
A lo largo de los años, ese compromiso
se instaló en el campo del derecho, ya sea en forma de tratados, de derecho
internacional consuetudinario, principios generales, acuerdos regionales o
leyes nacionales, y a través de ellos se expresan y garantizan los derechos
humanos. De hecho, la Declaración Universal de Derechos Humanos ha inspirado
más de 80 declaraciones y tratados internacionales, un gran número de
convenciones regionales, proyectos de ley nacionales de derechos humanos y
disposiciones constitucionales que, en conjunto, constituyen un sistema amplio
jurídicamente vinculante para la promoción y la protección de los derechos
humanos.
Basándose en los logros de la DUDH, en
1976 entraron en vigor el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
junto con sus dos Protocolos Facultativos, y el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales. Los dos Pactos han desarrollado la mayoría
de los derechos ya consagrados por la DUDH, haciendo que sean efectivamente
vinculantes para los Estados que los han ratificado. En su mayoría, definen
derechos ordinarios tales como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley,
la libertad de expresión, el derecho al trabajo, la seguridad social y la
educación. Estos dos Pactos, junto con la DUDH, constituyen la Carta
Internacional de Derechos Humanos.
Con el tiempo, los tratados
internacionales de derechos humanos se han ido centrando y especializando tanto
en los temas que abordan como en los grupos sociales que precisan de su
protección. La legislación relativa a los derechos humanos sigue creciendo y
ampliando los derechos y libertades fundamentales que figuran en la Carta
Internacional de Derechos Humanos, abordando asuntos como la discriminación
racial, la tortura, las desapariciones forzosas, las personas con discapacidad,
y los derechos de la mujer, los niños, los migrantes, las minorías y los
pueblos indígenas.
Valores
universales
En numerosas convenciones, declaraciones
y resoluciones internacionales de derechos humanos se han reiterado los
principios básicos de derechos humanos enunciados por primera vez en la
Declaración Universal de Derechos Humanos, como su universalidad,
interdependencia e indivisibilidad, la igualdad y la no discriminación, y el
hecho de que los derechos humanos vienen acompañados de derechos y obligaciones
por parte de los responsables y los titulares de éstos. En la actualidad, todos
los Estados Miembros de las Naciones Unidas han ratificado al menos uno de los
nueve tratados internacionales básicos de derechos humanos, y el 80% de ellos
ha ratificado al menos cuatro de ellos, lo que constituye una expresión
concreta de la universalidad de la DUDH y del conjunto de los derechos humanos
internacionales.
¿Cómo
protege el derecho internacional los derechos humanos?
El derecho internacional de derechos
humanos establece las obligaciones que deben cumplir los Estados. Al pasar a
formar parte de tratados internacionales, los Estados asumen deberes y
obligaciones en virtud del derecho internacional, y se comprometen a respetar,
proteger y promover los derechos humanos. La obligación de respetar supone que
los Estados deben abstenerse de restringir los derechos humanos o de interferir
en su realización. La obligación de proteger exige que los Estados protejan a
las personas o grupos de personas de las violaciones de los derechos humanos.
La obligación de promover significa que los Estados deben adoptar medidas
positivas para facilitar la realización de los derechos humanos básicos.
A través de la ratificación de los
tratados internacionales de derechos humanos, los gobiernos se comprometen a
poner en práctica medidas y leyes nacionales compatibles con los deberes y
obligaciones inherentes a esos tratados. En consecuencia, el sistema jurídico
interno proporciona la principal protección jurídica de los derechos humanos
garantizados por el derecho internacional. Cuando los procedimientos jurídicos
nacionales no solucionan las violaciones de derechos humanos, existen
mecanismos y procedimientos a escala regional e internacional para atender las
denuncias individuales y de grupo, con miras a velar por que se respeten,
apliquen y hagan cumplir a escala local las normas internacionales en materia
de derechos humanos.
LOS
ALUMNOS DE 4º6 Y 4º7 RECUERDEN ENVIAR
SUS TRABAJOS
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